La Confederación General del Trabajo (CGT) ha mostrado su rechazo contundente a la última sentencia emitida por el Tribunal Constitucional sobre el despido por absentismo de personas trabajadoras enfermas.
La organización anarcosindicalista manifiesta que con esta decisión
el TC está poniéndose claramente de parte del empresariado, de sus
ganancias a costa de la salud de las personas trabajadoras, y de la
“ley” de los mercados, que cada vez y en mayor medida justifica y
permite más abusos sobre las personas asalariadas.
En este sentido, la CGT explica que gracias a esta decisión se
consentirá que el patrón-empresario sea el único responsable de la vida
y de la salud de las personas que están a su cargo desempeñando un
trabajo, puesto que será él quien podrá despedirlas “tranquilamente” a pesar de una enfermedad justificada.
CGT recalca que la Carta Social Europea obliga a los Estados a
proteger la salud y la seguridad de las personas trabajadoras. Sin
embargo, gracias a las reformas laborales del Partido Popular y del Partido Socialista y
a sus leyes mordazas, concebidas para perseguir a quienes luchan por
sus derechos laborales y libertades sindicales, la clase política junto
con las judicaturas y el poder legislativo han logrado normalizar la
“injusticia social”.
CGT asegura que esta decisión es un chantaje claro a las personas
trabajadoras frente a la posibilidad de ser despedidas por enfermedad,
para que no denuncien la precariedad y la explotación que puedan sufrir
en sus lugares de trabajo.
CGT continuará luchando contra esta y otras decisiones judiciales que
atentan directamente contra los derechos de la clase trabajadora, y
recuerda que ningún trabajo vale más que una vida.
___________________Fuente: tercerainformacion.es________________
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Opiniones de UGT, CCOO y la CEOE en 20minutos.es
Los sindicatos están en alerta tras conocerse la decisión del Tribunal Constitucional, que en una sentencia de este martes avaló el despido de trabajadores por faltar a trabajo de forma reiterada, aunque esas faltas estén justificadas. CC OO ha señalado que las consecuencias pueden ser un “efecto llamada”.
El Constitucional justifica en su decisión al empresario, que aplicó para el despido el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, que señala que un empleado puede ser despedido por faltas de asistencia intermitentes, aún cuando estén justificadas.
“Esta sentencia puede generar un efecto llamada y tenemos que evitarlo”
“Hasta ahora, las empresas no han utilizado este artículo porque es antisocial, pero esta sentencia puede generar un efecto llamada y tenemos que evitarlo”, señala Francisco Gualda, responsable del Gabinete de Estudios Jurídicos de CC OO, a 20minutos.es.
Gualda insiste en que la aplicación de este artículo conlleva “una coacción que se realiza a la persona:
porque o renuncia a la salud o al empleo”. Además insiste en que es un
“atentado a la estabilidad de empleo y legitima el criterio empresarial,
defendiendo sus intereses”.
“Es una norma pensada en un momento social totalmente diferente al siglo XXI”
“Se trata de una norma pensada en un momento social totalmente diferente al
siglo XXI, que legitima el despido de las personas y que va en contra
de las normas europeas que establecen que es discriminatorio el despido
por incapacidad”, añade Gualda que insiste en que se trata de una primera valoración de la sentencia y que tendrán que estudiarla más en profundidad para ver los límites que se pueden establecer y garantizar una cobertura social.
Trabajar aún estando enfermo
Por su parte, Pedro José Linares, secretario de Salud Laboral del sindicato, considera que la del Constitucional es una “mala sentencia” porque antepone los intereses empresariales de productividad sobre la propia salud de los trabajadores.
Linares
recuerda que, antes de la reforma de 2012, el precepto del Estatuto de
los Trabajadores se refería a faltas al trabajo colectivas, cuando era
un grupo de trabajadores el que no asistía a la empresa. Pero después de la reforma impulsada por el PP se refiere a faltas individuales.
“Si el trabajador cree que puede ser despedido, no hará uso del derecho a la recuperación de la salud”
“La sentencia tiene un efecto disuasorio sobre el propio trabajador, que si cree que puede ser despedido probablemente no haga uso de un derecho que le asiste a la recuperación efectiva de la salud”, señala.
“De alguna forma se culpabiliza a los trabajadores de la enfermedad,
obligándoles a no ejercer sus derechos para garantizar la productividad
de la empresa, lo cual le lleva a asistir al trabajo aún estando
enfermo”, menciona. “No se puede superditar el derecho a la salud a la productividad de la empresa”.
Linares
también señala que hay dificultades para determinar la gravedad de las
enfermedades. “Al final se va a convertir en procesos judiciales el
determinar que cualquier patología se convierta en enfermedad profesional, será a única garantía de que no puedas ser despedido por causas objetivas”.
Linares
también cuestiona que se obligue a que el trabajador tenga que entregar
información privada al empleador, un hecho que vulnera la privacidad.
Discriminación
La sentencia también abre la puerta a que el empresario discrimine a los trabajadores, pues es su decisión aplicar el precepto, y puede hacerlo a unas personas y a otras no.
“Lo que este tiene de particular es que puede utilizarse de manera discriminatoria y
unilateral, señalando a una persona en concreto sin tener que hacer una
justificación del daño que se está haciendo a la empresa”, considera.
El
sindicato está analizando a fondo la sentencia del TC para ver si tiene
aún recorrido judicial. De momento, insta al Gobierno a que derogue la reforma laboral para no vulnerar estos derechos de los trabajadores.
UGT: derogar la reforma
Por su parte, el secretario de Acción Sindical de UGT Castilla y León, Raúl Santa Eufemia, ha insistido también en la necesidad de derogar las dos últimas reformas laborales, sobre
todo la de 2012, ya que considera que se ve respaldada por la reciente
sentencia que avala la extinción de un contrato laboral por causas
objetivas si hay ausencias justificadas aunque sean intermitentes.
El
dirigente sindical ha considerado que esta decisión va en la línea de
las reformas laborales cuya derogación reclaman los sindicatos y ha
aseverado que “no se puede permitir” más que se mantenga esta normativa
al tiempo que ha advertido de que el Gobierno que salga de las urnas el
próximo 10 de noviembre tendrá “de frente” a UGT si no derogan dichas
reformas.
Absentimos, “enfermedad económica”
Por su parte, el presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, ha criticado este miércoles que el fraude en el absentismo laboral parezca una “enfermedad económica”: que sube cuando las cosas van bien y baja cuando van mal.
En
declaraciones a EFE en el Foro Alianza del Pacífico, Garamendi ha
evitado valorar la sentencia del Constitucional, pero ha arremetido
contra el fraude en las faltas al trabajo.
“Hay otro elemento, que no tiene nada que ver con la sentencia, que es el fraude por absentismo”, ha señalado Garamendi que ha vinculado su evolución con el ciclo económico.
“Curiosamente parece que es una enfermedad económica, que cuando las cosas van bien sube y cuando van mal baja,
y sabemos que hay un porcentaje elevado de ese fraude por absentismo”,
ha añadido el presidente de la patronal, que ha calificado estas
prácticas de dumping (competencia desleal) a empresas y trabajadores.
“Estoy hablando de fraude en absentismo y no de absentismo”, ha insistido Garamendi.
Sobre la sentencia, Garamendi ha apuntado que el departamento de laboral de la CEOE “tiene que estudiarla” y que aún no tiene una opinión.
Fuente: Juan Martínez y María Márquez en 20minutos.es