CCOO de Madrid impugna las bases de la oposición de bomberos de la Comunidad de Madrid por discriminación indirecta por razón de sexo en las pruebas físicas

Las pruebas físicas, tal y como están redactadas, actúan como una barrera excluyente que no mide necesariamente la capacidad para desempeñar las funciones de Bombero/a Especialista, sino que penaliza de forma desproporcionada a las mujeres

Bomberos de Madrid

El Sector de Administración Autonómica de la FSC CCOO de Madrid, en coordinación con los servicios jurídicos, impugnan las bases de la convocatoria para el ingreso en el Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid (Orden 877/2026, de 20 de marzo) 

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El motivo central de la impugnación es la ausencia de una adaptación proporcional de las marcas de acceso en las pruebas físicas para las aspirantes. Mantener baremos idénticos o insuficientemente diferenciados sin una justificación técnica vinculada estrictamente a la operatividad del puesto, constituye un caso de discriminación indirecta por razón de sexo, lo que contraviene la normativa vigente en materia de igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

Falta de voluntad política y técnica

A pesar de las recomendaciones y la jurisprudencia previa, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo ha optado por mantener unos criterios que dificultan el acceso de las mujeres a la Escala Ejecutiva u Operativa en la categoría de Bombero Especialista Conductor (Subgrupo C1).

Desde el Sector de la Administración Autonómica de la FSC CCOO de Madrid pedimos igualdad real y el cumplimiento de la ley. Estas bases no contemplan la realidad biológica y física de manera proporcional e impiden que las mujeres accedan en igualdad de condiciones a los servicios de emergencia.

Dándose la paradoja de que, en la prueba de control físico del año 2026 para personal que ya pertenece al cuerpo, sí se establecen mínimos diferenciados para mujeres y hombres.

Fundamentos jurídicos

La demanda se fundamenta en que las pruebas físicas, tal y como están redactadas, actúan como una barrera excluyente que no mide necesariamente la capacidad para desempeñar las funciones de Bombero/a Especialista, sino que penaliza de forma desproporcionada a las mujeres. Esto vulnera el principio de igualdad de trato en el acceso al empleo público, al producirse una discriminación indirecta tal y como establece el artículo 6.2 de Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Teniendo actualmente ejemplos muy próximos, como es el Ayuntamiento de Madrid, con una diferenciación entre sexos en el mínimo de dichas pruebas de entre un 15 y un 20%, llegando al 30% en cuerda.

Está discriminación provoca la autoexclusión de las mujeres en la participación de estas oposiciones, con un porcentaje del 2,5% en relación al número de personas opositoras, y una presencia menor al 1% en el Cuerpo de Bomberos/as.

El Sector de Administración Autonómica de la FSC CCOO de Madrid ha solicitado en reiteradas ocasiones la modificación de la nota mínima en el acceso y la revisión de dichas pruebas físicas, en cumplimiento del I Plan de Igualdad y atendiendo a la Ley de igualdad, reafirmando nuestro compromiso con la modernización de los servicios públicos y la eliminación de techos de cristal en sectores históricamente masculinizados, agotando todas las vías administrativas y judiciales necesarias para corregir esta convocatoria.

Fuente: madrid.ccoo.es

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