Contratos temporales, por habitaciones o, directamente, engañar. Varios sindicatos de inquilinas explican cómo los propietarios tratan de saltarse el límite al 2% en el precio del alquiler
El 31 de marzo de 2022 entró en vigor el Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, que, entre otras muchas medidas, contempló una limitación al 2% de la subida en el precio del alquiler de vivienda. El 27 de diciembre de 2022 se aprobó su ampliación hasta el 31 de diciembre de 2023. Posteriormente, la Ley de Vivienda estipuló un nuevo límite, del 3%, para 2024.
Más de un año ya de un tope que, según los sindicatos de inquilinas, muchos propietarios tratan de saltarse con relativa frecuencia y utilizando diferentes ardides. La principal estratagema, en realidad, no es tal, puesto que consiste en solicitar el aumento según el IPC. Se hacen los despistados y, “si cuela, cuela”, señala Ricardo Arnedo, portavoz del Sindicato de Inquilinas de Zaragoza. Juegan con la desinformación y meten el IPC como todos los años. “Es una guerra muy fácil de ganar”, apunta.
“Fingen que no conocen la ley o se inventan que eso ya no está en vigor”, afirma el secretario general de FACUA, Rubén Sánchez, “pero basta que el inquilino sepa que tiene ese derecho para que él mismo haga el cálculo y le abone exactamente la cifra que corresponde. No puede suspender el contrato, así que el casero no tiene nada que hacer”.
Contratos temporales y por habitaciones
Dos de los sistemas más habituales son los contratos temporales o por habitaciones. Con estos, al no regirse por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), pueden saltarse la limitación del 2% en el precio del alquiler.
Desde el Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Madrid denuncian que se aprovechan de este tipo de contratos, del desconocimiento general de los inquilinos y de la posición de superioridad que tienen en la negociación: «Porque al final, tú, como inquilino, no puedes negociar, ya que necesitas un sitio donde vivir”.
Este sindicato publicó en Twitter un ejemplo de estos sistemas, que califican como “estafas”. Es el caso, por ejemplo, de Eunate, a la quieren echar de la habitación que alquila porque le hicieron un contrato temporal.
Su historia, subrayan, es un ejemplo paradigmático de la práctica, cada vez más extendida, de alquilar habitaciones por tramos temporales muy cortos a pesar de ser para vivienda habitual. Esta vez fueron 9 meses. Le negaron un contrato más largo, detallan, “porque la habitación que le alquilaron no es habitable». «Ahora, Eunate está siendo presionada por sus caseros a través de una inmobiliaria y un despacho de abogados para que abandone la vivienda”, cuentan.
Este tipo de prácticas, explican, “buscan un resquicio legal para intentar burlar la LAU, que no permite contratos tan cortos. Normalmente, son alquileres opacos a la Administración que no se declaran a Hacienda ni depositan la fianza en el IVIMA”.
«Se habla de la libre voluntad de las partes para firmar este tipo de contratos; sin embargo, dado el grado de desesperación que sufrimos muchas veces los inquilinos al buscar una vivienda, ¿se puede hablar de libre voluntad cuando alguien acepta estos abusos?”, se preguntan.
Grandes subidas en el precio del alquiler al finalizar el contrato
También desde Madrid se refieren a los casos en los que los contratos están extinguidos o en tácita reconducción. Es decir, ha terminado su duración original y las renovaciones son anuales. Es la situación en la que están los afectados por el fondo buitre estadounidense Blackstone, cuyos juicios comenzaron a principios del actual mes de junio.
En concreto, relatan en la web del sindicato, Blackstone pretende desahuciar a 40 hogares de toda la Comunidad de Madrid. “Hace más de un año que estas 40 familias recibieron un burofax en el que el fondo buitre, el mayor casero de España y del mundo, les imponía subidas abusivas de hasta el 100% respecto a su precio del alquiler anterior. Les daban dos opciones: o aceptaban la subida o se tenían que marchar de la vivienda al no renovarse su contrato de alquiler”.
Según la regulación de alquileres incluida en la Ley de Vivienda, sostienen, “todas estas subidas serían ilegales y ninguna de estas personas se estarían enfrentando a un desahucio. La inacción de Isabel Díaz Ayuso y el PP de Madrid frente a los fondos buitre y la especulación inmobiliaria supone que estas prácticas abusivas seguirán siendo legales en la Comunidad de Madrid, ya que los grandes propietarios únicamente verán los precios de sus inmuebles en alquiler limitados en aquellas Comunidades Autónomas que así lo establezcan al decretar zonas tensionadas”.
Lo que solicitan los sindicatos es que la duración de los contratos sea indefinida. Con la LAU, en 2019, recuerdan, ya se consiguió que pasaran de tres a cinco o siete años, “pero nos encontramos con que, a la finalización, los caseros siguen imponiendo subidas abusivas, como una forma de desahuciar a los inquilinos sin tener que pasar por un Juzgado”.
“Su contrato no está condicionado al IPC, pero le exige el 2%”
Uno de los casos más destacados que ha llegado al Sindicato de Inquilinas de Zaragoza es el de un chico cuyo contrato no estaba vinculado al IPC, pero el propietario trató de subir el precio del alquiler en un 2%.
Además, quería cobrarle atrasos: “La renovación de su contrato era en junio y el casero le dijo en septiembre que le tenía que pagar ese 2% de más a partir de ese momento, y los atrasos, o sea, desde junio”.
Arnedo recuerda que, según el artículo 18 de la LAU, “la renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito”.
Para rematar la sucesión de ilegalidades, comenta, la duración del contrato era de siete años, que es el plazo cuando es una persona jurídica.
Fuente: Óscar F. Civieta en lamarea.com
Foto: Una protesta del Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Madrid | Twitter: @InquilinatoMad