El 12 de octubre de 2018 entra en vigor una nueva normativa (BS EN 16942) respecto al etiquetado de los combustibles en las estaciones de servicio, que afectará a los 28 países miembros de la UE, además de a Suiza, Noruega, Islandia, Turquía, Serbia, Macedonia y Liechtenstein.
Esto se debe a una apuesta de la Unión Europea por estandarizar los diferentes tipos de combustible, tanto líquidos como gaseosos, que se utilizan en los países de la UE y para intentar, poco a poco, ir sustituyendo el uso de combustibles fósiles por combustibles alternativos menos contaminantes.
De este modo, los conductores dejarán de encontrarse denominaciones como Gasolina 95, Gasolina 98 o Diésel y pasarán a encontrarse los siguientes símbolos:
Los combustibles diésel estarán identificados con un símbolo cuadrado.
Dentro de este símbolo cuadrado se pueden encontrar estas tres combinaciones: B7, B10 y XTL. En los combustibles de gasóleo o diésel, la letra “B” indicará biodiésel y la cifra que se encontrará a su lado indicará el porcentaje de biodiesel máximo que hay en ese combustible. La combinación de letras “XTL” indicará que se trata de un combustible diésel parafínico.
Los combustibles gasolina irán identificados con un símbolo circular.
Dentro del circulo se podrá encontrar E5, E10 y E85. La letra E hace referencia al etanol y la cifra hace referencia al porcentaje de etanol máximo en ese combustible.
Los combustibles gaseosos irán identificados con un rombo. En su interior contendrán las siguientes siglas: H2 para hidrógeno, CNG para gas natural comprimido, LPG para gas licuado de petróleo y LNG para gas natural licuado.

Asimismo, y a partir de la fecha de entrada en vigor de la nueva normativa, todos los vehículos matriculados deberán ir identificados con una etiqueta que indique el tipo de combustible que le corresponde según la nueva normativa, para que el consumidor pueda identificar fácilmente la compatibilidad de su vehículo entre los tipos de combustible disponibles.