La justicia obliga a Martínez-Almeida a restituir la placa de Largo Caballero

Estima el recurso de UGT y declara nula la resolución aprobada por el Ayuntamiento de Madrid que ordenaba la retirada de las calles de Francisco Largo Caballero e Indalecio Prieto.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 30 de Madrid ha estimado el recurso de UGT y ha declarado nulo el acuerdo del Ayuntamiento sobre la retirada de las calles de Francisco Largo Caballero e Indalecio Prieto.

También obliga al consistorio a reconstruir y reponer la placa conmemorativa de Largo Caballero en el edificio de la Junta Municipal del distrito de Chamberí.

DESTROZADA A MARTILLAZOS

El 29 de septiembre de 2020, el pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó una resolución con el respaldo del PP, Vox y C’s para proceder a la retirada de los nombres y de la placa. Semanas después, la lápida de mármol fue arrancada y destrozada a martillazos y depositados sus restos en el Almacén de la Villa.

Tras conocerse estos hechos, UGT interpuso una demanda contra el Ayuntamiento de Madrid que dirige José Luis Martínez-Almeida, el grupo municipal de Vox y su portavoz Javier Ortega-Smith, y contra la asociación Raíces, muy cercana a la Fundación Francisco Franco. Con la misma se consiguió paralizar de manera cautelar la ejecución de la resolución para la retirada de las calles que aún mantienen su denominación.

La retirada de la placa causó gran indignación. La propia nieta de Largo Caballero salió públicamente en defensa de su abuelo en un escrito muy duro contra la derecha y ultraderecha en el consistorio madrileño.

“UN ACTO DE MEMORIA DEMOCRÁTICA”

El sindicato ha valorado la sentencia como “una noticia muy relevante en la defensa de la memoria de la figura histórica del sindicalismo español e internacional que encarnan tanto Francisco Largo Caballero como Indalecio Prieto”, y “ante la grave actuación del Ayuntamiento de Madrid, con la connivencia de los partidos políticos de Vox, PP y Cs, que decidieron retirar los nombres de las calles y destruir la placa”.

En declaraciones a Nuevatribuna, el socialista Manuel de la Rocha, califica esta sentencia como “un acto de memoria democrática”, que coincide además con la aprobación por el pleno del Congreso de los Diputados de la nueva ley de memoria.

Simbólica también es la fecha de la sentencia, este 18 de julio, en el aniversario del golpe militar franquista.

De la Rocha, que ha colaborado junto con el abogado Bernardo García en la demanda al Ayuntamiento por parte de UGT, resalta la importancia de esta decisión judicial por cuanto “es un elemento más para la restauración de la memoria democrática que el Ayuntamiento de Madrid, con PP y C’s arropados por la extrema derecha, pretendía vulnerar”.

“NO ES CONFORME A DERECHO”

En su sentencia, la jueza titular considera que la resolución adoptada por el Ayuntamiento “no es conforme a derecho” y por ello procede a su anulación y obliga a la restitución de la placa en su ubicación original.

La magistrada rebate los argumentos esgrimidos por el Ayuntamiento que funda su resolución en el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica de Zapatero, afirmando con rotundidad que los hechos de los que se les acusan “no encuentran encaje en ninguno de los supuestos previsto en el artículo 15 de la Ley 52/2007”, puesto que “ni Francisco Largo Caballero ni Indalecio Prieto exaltaron la sublevación contra la República ni la fomentaron o apoyaron el golpe de Estado, así como tampoco exaltaron la represión de la Dictadura, ya que ambos murieron en el exilio”, por lo que no puede ser de aplicación dicho precepto jurídico.

La sentencia desmonta una por una las acusaciones vertidas contra ambos dirigentes socialistas, sobre sus presuntos crímenes, torturas y atrocidades varias. Desmiente su presunta vinculación con el asesinato de José Calvo Sotelo, así como la responsabilidad de Largo Caballero en el golpe de Estado contra el Gobierno de la República en octubre de 1934, del que quedó absuelto por el Tribunal Supremo en 1935.

“La responsabilidad de ambos personajes en tales crímenes no encuentra soporte en hechos contrastados mediante documentos de la época que pudieran acreditar de modo cierto la autoría, instigación, complicidad o cualquier clase de participación en los hechos delictivos que se señalan”, afirma la jueza, que también niega “los actos de pillaje y expolio de las reservas del Banco de España y otros actos de latrocinio que se atribuyen a ambos personajes, al no constar acreditado que las reservas y riquezas confiscadas se hubieran utilizado para fines lucrativos, ajenos a motivaciones políticas o de defensa, y hubieran servido al enriquecimiento personal de cualquiera de ellos”.

Las acusaciones vertidas por la derecha y la ultraderecha contra Largo Caballero e Indalecio Prieto fueron en su momento rebatidas por un elenco de historiadores en un informe publicado en octubre de 2020.

La jueza también alude al carácter de bien cultural de la placa conmemorativa de Largo Caballero, al que se refiere UGT en su demanda.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida por el Ayuntamiento de Madrid, en cuyo caso será el Tribunal Superior de Justicia (TSJM) el que se pronuncie.

Además, otro juzgado también deberá pronunciarse con otro de los recursos presentado por el PSOE y Recupera Madrid que se estima pueda estar al caer.

A nadie se le escapa que, de confirmarse, al alcalde José Luis Martínez-Almeida no le resultará nada fácil proceder a esta rectificación que le obliga a reconstruir la lápida destrozada y volverla a colocar en el lugar del que nunca debió arrancarse.

Fuente: Isabel García en nuevatribuna.es

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