El Ministerio de Trabajo refuerza la transparencia laboral: las empresas tendrán que detallar salarios, horarios y algoritmos

La nueva norma obliga a informar con más detalle de las condiciones de trabajo y endurece las exigencias sobre los periodos de prueba; CCOO reclama completar la transposición europea

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Fuente: Pool Moncloa/ Borja Puig de la Bellacasa

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado este martes la aprobación de un real decreto que amplía los derechos de información de las personas trabajadoras sobre las condiciones de sus contratos. La nueva regulación obliga a las empresas a proporcionar más detalles sobre salarios, jornadas, periodos de prueba y sistemas automatizados de decisión, entre otras cuestiones.

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La medida afectará directamente a las nuevas contrataciones, que deberán recibir la información antes de comenzar a trabajar. Quienes ya tengan un contrato en vigor también podrán solicitar los datos que no les hubieran sido comunicados anteriormente, en cuyo caso la empresa dispondrá de 30 días hábiles para facilitarlos.

Uno de los principales cambios se produce en la información salarial. Los contratos deberán recoger con mayor precisión la composición de la remuneración, incluyendo el sueldo base, complementos, pluses y bonus, así como los criterios y fórmulas empleados para calcular las cantidades variables.

Los contratos deberán recoger con mayor precisión la composición de la remuneración, incluyendo el sueldo base, complementos, pluses y bonus, así como los criterios y fórmulas empleados para calcular las cantidades variables.

También se amplía la información relativa a la jornada laboral. Cuando su distribución sea irregular, deberán comunicarse los mecanismos utilizados para determinarla, además de los días y franjas horarias de referencia. La norma incorpora igualmente información sobre los periodos de actividad, el convenio colectivo aplicable y el sistema de Seguridad Social correspondiente.

La regulación aborda además uno de los ámbitos que más peso han adquirido en las relaciones laborales en los últimos años: el uso de sistemas algorítmicos. Las empresas deberán informar a sus trabajadores cuando empleen herramientas automatizadas para adoptar decisiones que afecten a sus condiciones de trabajo, como la asignación de tareas, la organización de la jornada, los salarios, los despidos o las promociones.

La norma también refuerza las garantías en torno a los periodos de prueba. Los trabajadores deberán conocer de antemano cuánto durará esta fase y qué criterios o pruebas determinarán si la superan. Además, los periodos superiores a seis meses tendrán que estar justificados y vinculados a determinados supuestos relacionados con las características del puesto o con la evaluación de la idoneidad de la persona contratada.

Los convenios colectivos deberán establecer expresamente en qué situaciones podrá prolongarse el periodo de prueba por encima de ese límite.

El nuevo marco incorpora asimismo obligaciones de información sobre los planes de igualdad, los protocolos contra el acoso sexual y por razón de sexo y, cuando exista, las medidas destinadas a garantizar la igualdad efectiva de las personas LGTBI. En caso de modificaciones sustanciales de las condiciones comunicadas inicialmente, la empresa tendrá que informar por escrito al trabajador.

CCOO celebra los avances, pero reclama completar la reforma

CCOO ha valorado positivamente el contenido finalmente aprobado y destaca que algunas de las propuestas realizadas por el sindicato durante la tramitación han quedado incorporadas al texto. A juicio de la organización, el real decreto puede suponer una mejora relevante en el derecho de las personas trabajadoras a conocer con precisión las condiciones de su relación laboral.

El sindicato considera especialmente importantes los avances en materia salarial, la regulación de los periodos de prueba y la obligación de informar sobre sistemas algorítmicos o automatizados de toma de decisiones

La valoración positiva, sin embargo, viene acompañada de dos reproches: el retraso en la transposición de la normativa europea y el carácter incompleto de la reforma. La directiva que ahora se incorpora parcialmente debía haber sido trasladada a la legislación española antes del 1 de agosto de 2022, por lo que la medida llega unos cuatro años después del plazo establecido.

CCOO señala que todavía quedan cuestiones relevantes que requieren cambios legales. Entre ellas están las garantías para los empleos con horarios menos previsibles, como determinados contratos a tiempo parcial, los fijos discontinuos o la distribución irregular de la jornada, además de la regulación de las horas extraordinarias.

El sindicato también reclama limitar legalmente la duración de los periodos de prueba, reforzar las garantías ante situaciones de empleo paralelo, reconocer la formación y cualificación gratuita dentro de la jornada laboral y mejorar la protección de quienes ejerzan los derechos reconocidos por la directiva. A ello suma la necesidad de endurecer el régimen sancionador para que los incumplimientos empresariales tengan un efecto disuasorio mayor.

CCOO prepara una campaña para que sus delegados y secciones sindicales hagan seguimiento de los nuevos contratos y ayuden a los trabajadores con relaciones laborales ya vigentes a reclamar la información que les corresponda.

Fuente: mundoobrero.es

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